Description La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de O'Higgins, invita a ser parte de su base de datos de postulantes idóneos/as para el cargo de Educador/a de Párvulos grado 18° EUS, a fin de cubrir cupos transitorios, de reemplazos o futuras vacantes.La misión del cargo es liderar los procesos de aprendizaje de niños y niñas, resguardando el bienestar integral de los párvulos en conjunto con sus familias y comunidad, generando aprendizajes de calidad, relevantes y significativos en los niños y niñas.
N° de vacantes: 15 (referenciales).Comunas: (Puede revisar la ubicación georreferenciada del jardín en nuestra página web) Rancagua: Los CantaritosRancagua: CampanitaGraneros: Nuevo AmanecerRengo: Pequeños SueñosSan Fernando: HeidiSan Fernando: CapullitoNancagua: Lucerito.
II.- Requisitos Generales / EspecíficosRequisitos generalesLos/as postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL29 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario: Ser ciudadano/a o poseedor/a de un permiso de residencia con autorización para realizar actividades remuneradas dentro del país.Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.Tener salud compatible con el desempeño del cargo.Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley; Para títulos obtenidos en el extranjero deben contar con su validación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o validación otorgada por la Universidad de Chile.No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos específicos Título profesional de Educador/a de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
III.- Experiencia deseada A lo menos 3 años como Educador/a de Párvulos.
IV.- Competencias del cargo Trabajo colaborativoOrientación al servicioLiderazgo educativoAprendizaje e innovaciónPlanificación y organización V.- Conocimientos técnicos Manejo de OficinaBases curriculares de educación parvulariaReferente curricularPolítica de trabajo con familiasPolíticas de buen tratoPlanificación y evaluación educativaLineamientos institucionales en relación a la salud de los párvulos VI.- Funciones principales Planificar, desarrollar y evaluar actividades educativas, que orienten el proceso de enseñanza aprendizaje.Implementar las experiencias educativas.Mediar la práctica pedagógica.Generar una alianza de colaboración entre el equipo de aula, la familia y la comunidad, para lograr el bienestar del niño/ay potenciar el proceso de enseñanza aprendizaje.Generar información para alimentar el inicio, desarrollo y ejecución del Proyecto Educativo Institucional del establecimiento.
VII.- Documentos requeridos que se deben adjuntar a la postulación Currículum vitae actualizado.En el caso de postulantes extranjeros/as, permiso de residencia para actividades remuneradas dentro del país.Fotocopia simple de certificado de título.Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses que se obtiene de manera gratuita en Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses, que se obtiene de manera gratuita en Certificados de cursos de perfeccionamiento o especialización (si los hubieran).
La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.Se solicita a todos/as los/as postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea: Nombres:Apellidos:Correo:Nacionalidad:Número telefónico (celular): VIII.-Plazo de postulaciónLas postulaciones son recibidas solo por esta plataforma y no por correo electrónico, hasta las 23:59 hrs.
del día 31 de diciembre del 2024.-Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.
Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas serán responsabilidad de los postulantes.IX.- Otras consideracionesEl/la postulante seleccionado/a en el cargo, asumirá el grado publicado en la presente oferta laboral.Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta, y adjunte TODOS los documentos requeridos en el punto VI , pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso.
Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes.
.
.
Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica "En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produce relación jerárquica".