Description La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) requiere contratar a un/a Asesor/a de Unidades Educativas Mención Trabajo Social, calidad jurídica contrata, estamento profesional grado 15° de la EUS, para la Subdirección de Calidad Educativa ubicada en la comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota.La misión del cargo es asesorar directamente la gestión integral de la unidad educativa desde una perspectiva interdisciplinaria, instalando competencias en el equipo educativo y apoyando la reflexión crítica sistemática sobre el proceso educativo, con énfasis en el trabajo socio educativo con adultos, familia, comunidad y redes, de manera de resguardar la calidad de los aprendizajes de los niños y niñas que reciben atención educativa en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.Vacantes: 1I.- RequisitosRequisitos GeneralesPara ingresar a la Administración Pública los/as postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos del artículo N° 12 del DFL N°29, sobre Estatuto Administrativo: Ser ciudadano/a o extranjero/a con permiso de residencia para realizar actividades remuneradas.Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.Tener salud compatible con el desempeño del cargo.Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley; para títulos obtenidos en el extranjero éstos deben contar con su validación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o validación otorgada por la Universidad de Chile.No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos Específicos Título profesional de Trabajador/a Social o Asistente Social, de una carrera de al menos 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado, o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
II.- Experiencia Acreditar experiencia profesional no inferior a 4 años, o de al menos 3 años en funciones de supervisión o en el área educativa en establecimientos de educación parvularia.Pos título en el área social, educación y/o gestión.
III.- Competencias del cargo Trabajo colaborativo.Orientación al servicio.Flexibilidad y adaptación al cambioOrientación al logro y los resultadosPlanificación y organización IV.- Conocimientos esperados Microsoft OfficeBases Curriculares para la Educación Parvularia MINEDUCMarco para la buena enseñanza de Educación ParvulariaMarco para la buena dirección y liderazgo de Educación ParvulariaEstándares Indicativos de Desempeño para los Establecimientos que imparten Educación Parvularia y sus SostenedoresDiagnóstico Integral de Desempeño (DID)Plan de Mejoramiento Educativo (PME)Atención a la diversidadProyecto EducativoReglamento Interno V.- Principales funciones Planificar acciones y estrategias de asesoría técnica educativa y acompañamiento a la práctica pedagógica de la Unidad Educativa.Implementar el proceso de asesoría técnica educativa utilizando diversas acciones y estrategias en apoyo a la mejora de la práctica pedagógica de la Unidad Educativa.Evaluar procesos y resultados de la gestión educativa.Evaluar la propia práctica de asesoría.Participar en instancias de coordinación institucional.Participar en instancias de coordinación territorial.
VI.- Documentos que debe adjuntar en su perfil para postular: Currículum actualizado.Certificado de título profesional.Certificado/s de capacitación vinculados al punto IV (si los hubiese)Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses ()Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses ()Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses ()Certificado(s) que acredite(n) experiencia profesional exigida.
* (excluyente, por Ley de Planta) *?Para acreditar la experiencia profesional exigida, es necesario un certificado laboral del empleador (jefatura o representante de la institución/empresa) que indique: Identificación personal.Nombre del cargo y funciones específicas del cargo.Periodo de inicio a fin (señalando periodos diferidos si las funciones se han modificado).Estar validado a través de nombre, firma y timbre de la entidad y/o quien lo emite.
Serán inválidos los certificados de cotizaciones, contratos, nombramientos, finiquitos, certificados de antigüedad u otros que NO cumplan con todos los puntos mencionados.VII.- Plazo de postulaciónLas postulaciones son recibidas sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, hasta las 23:59 hrs.
del día 22 de noviembre del 2024.Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.
VIII.- Otras consideracionesRecuerda adjuntar en tu perfil toda la documentación solicitada en el anuncio, para poder continuar en el proceso.
Es responsabilidad de cada persona completar o actualizar sus datos de identificación y contacto, así como responder correctamente a las preguntas formuladas en la oferta.En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.Quienes presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes.
Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: "En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica.
Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca."